PENSIÓN DE VIUDEDAD. VIOLENCIA DE GÉNERO. Reconocimiento del derecho a la prestación de viudedad a una mujer pese a que las denuncias de amenazas efectuadas por la misma acaecieron cronológicamente un año y medio después de disuelto el matrimonio. Concurrencia de diversos indicios, como por ejemplo que la custodia de la hija menor le fuera sustraída al padre y que el régimen de visitas estuviera condicionado a la presencia de otra persona, que permiten establecer una conexión lógica y razonable entre los hechos de violencia denunciados y la presunción de que tal situación concurrieran así mismo constante el matrimonio. STS 784/2024, 30 de Mayo de 2024
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