AMENAZAS DIRIGIDAS A LA EXPAREJA. PRESENCIA POLICIAL. El Supremo absuelve a un hombre del delito de amenazas a su expareja, por las expresiones que profirió ante agentes de Policía y en dependencias policiales. Señala el Alto tribunal que, aunque pudiera integrarse en la tipicidad de las amenazas, no rellena la exigencia de la finalidad de perturbar la tranquilidad del sujeto pasivo, precisamente porque son vertidas en presencia de un aparato encargado del mantenimiento de la seguridad pública.
Podrían constituir la exteriorización de una oposición a la detención policial legítimamente acordada, conducta, desde luego impropia, pero fuera de la tipicidad del delito de amenazas. Se desestima el recurso de casación. STS nº 179/2023 Penal 14/03/2023